Acuerdo de Préstamo

Partido A (Prestamista):

FC5, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.  

SHISU TECH S.A.P.I DE C.V. (en adelante, "nuestra compañía") es una empresa especializada en brindar servicios técnicos de alta calidad para el sector financiero. Tenemos una estrecha colaboración con FC5 S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R, una entidad financiera no bancaria aprobada por el gobierno mexicano y autorizada y regulada por las autoridades correspondientes.

Con la autorización de FC5 S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R, nuestra compañía desarrolla y opera la aplicación Taakin Préstamo en App Store, utilizando sus servicios financieros y licencias correspondientes. Por lo tanto, los servicios de crédito en esta aplicación son proporcionados por FC5 S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R, entidad que ofrece servicios de microcréditos en línea

FC5 S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R. es una empresa financiera legal y con licencia financiera. Estamos comprometidos a ayudar a los usuarios a superar dificultades financieras a corto plazo y empoderarlos para que satisfagan sus necesidades. Si desea saber más sobre la empresa, puede consultar el siguiente sitio web https://webapps.condusef.gob.mx/SIPRES/jsp/home_publico.jsp?idins=15654

La Parte A y la Parte B ejecutarán este acuerdo de buena fe sobre el principio de honestidad y confiabilidad. En caso de controversia, se resolverá mediante negociación.

                      

I.Definiciones

Salvo disposición en contrario, los siguientes términos y expresiones tienen los siguientes significados dondequiera que se utilicen en la Solicitud de Préstamo, este Acuerdo de Crédito y otros documentos relevantes

II. El Propósito del Préstamo

El Préstamo desembolsado por el Prestamista debe ser utilizado para fines legales y legítimos por parte del Prestatario.

III. Monto del préstamo

IV. Plazo del préstamo

V.Otros

VI. Intereses y otros cargos

VII. Condiciones previas al desembolso del Préstamo

El desembolso inicial del Préstamo estará disponible después de que se hayan cumplido las condiciones previas establecidas a continuación y proporcionado a satisfacción del Prestamista.

VIII. Reembolso y Prepago.

IX. Representaciones y Compromisos

X. Evento de Incumplimiento

XI. Indemnidad

El Prestatario indemnizará al Prestamista por cualquier costo, pérdida o responsabilidad en que incurra el Prestamista como resultado de:

XII. Privacidad de la información

El Prestamista observará la privacidad de la información personal del Prestatario obtenida en relación con la solicitud de préstamo. El Prestador ha implementado medidas organizativas, físicas y técnicas razonables y apropiadas destinadas a la protección de la información personal del Prestatario contra cualquier destrucción, alteración y divulgación accidental o ilegal, así como contra cualquier otro procesamiento ilegal. Los empleados, agentes o representantes del Prestamista que estén involucrados en el procesamiento de la información personal del Prestatario operarán y mantendrán la información personal bajo estricta confidencialidad y esta obligación continuará incluso después de la terminación del empleo o de las relaciones contractuales. La información de los prestatarios obtenida por el prestamista a través de medidas físicas y técnicas del prestatario y el dispositivo utilizado por los prestatarios que participan en el servicio de tecnología proporcionado por el prestamista puede ser utilizada por el prestamista y sus empleados para el mantenimiento de los derechos legítimos, y para el prestatario para que cumpla con sus obligaciones al acreedor/prestamista durante el proceso de cobro de préstamos.

XIII. Revelación de información

El Prestatario permite expresamente al Prestamista transferir y divulgar a

XIV. Compensación

El Prestamista, a su discreción, compensará o deducirá cualquier cantidad de cualquier cuenta del Prestatario mantenida en el Prestamista contra cualquier obligación adeudada por el Prestatario en virtud de este Acuerdo de Crédito y otros documentos relacionados, independientemente del lugar de pago, sucursal de reserva o moneda de cualquiera de las obligaciones.

XV. Revisión

XVI. Avisos

XVII. Certificados y Determinaciones

Cualquier certificación o determinación por parte del Prestamista de una tasa o monto en virtud de este Acuerdo de crédito y cualquier Documento de transacción es, en ausencia de error manifiesto, evidencia concluyente de los asuntos a los que se relaciona.

XVIII. Cesión y Transferencia

Sin perjuicio de cualquier otra disposición de este Acuerdo de Crédito y/u otros Documentos de Transacción, el Prestamista podrá en cualquier momento:

XIX. Exención

La demora o el hecho de que el Prestamista no ejerza cualquiera de sus derechos en este Acuerdo de crédito o cualquier Documento de transacción no se interpretará ni considerará como una renuncia del Prestamista a tales derechos.

XX.Ley

Este Acuerdo de Crédito y otros Documentos de Transacción se rigen por las leyes de México. Los tribunales competentes de México tienen jurisdicción para resolver cualquier disputa que surja de o en relación con este Contrato de Crédito (incluida una disputa sobre la existencia, validez o terminación de este Contrato de Crédito y otros Documentos de la Transacción).

XXI. Plazo del Contrato de Crédito

A menos que sea rescindido por el Prestamista, este Acuerdo de Crédito entrará en vigor desde la fecha de la firma hasta el momento en que las disposiciones especificadas a continuación sean necesarias para permanecer en vigor y efecto entre las partes. Sujeto a que este Acuerdo de crédito no haya sido rescindido, al final del Plazo inicial, este Acuerdo de crédito se renovará en los mismos términos por otro período de tiempo ("Plazo de renovación") a menos que el Prestamista informe al Prestatario de su intención de no hacerlo mediante notificación por escrito al menos un mes antes de la finalización del Plazo Inicial o del Plazo de Renovación (según sea el caso).

FC5, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.